lunes, 21 de diciembre de 2015

Dejaron su lugar de origen por violencia 6% de los mexicanos.

 De: José Antonio Román
Se cumple una década de aumento permanente de los desplazamientos internos.
Documentan que en los pasados dos años en 14 entidades han ocurrido 141 éxodos.
Temen que la cifra sea mayor, ya que muchos traslados se dan 'gota a gota' y ninguna autoridad los atiende.

La expansión de la violencia criminal, de grupos delictivos, y también de las operaciones militares diseñadas para combatirlos, han sido la causa fundamental de un aumento permanente, en los pasados 10 años, del desplazamiento interno de decenas de miles de mexicanos. Seis de cada 100 mexicanos han decidido dejar su estado natal por razones de inseguridad y violencia, según estimaciones oficiales.

Fenómeno muchas veces desapercibido y casi invisible, con una ausencia de leyes, políticas e instituciones para atender a las víctimas de manera integral, este desplazamiento se confunde con mucha frecuencia con las migraciones intraurbanas y rurales-urbanas, lo cual dificulta su identificación. Esta realidad, presente de manera notoria en cuando menos la mitad de los estados, agrava la ya profunda crisis de derechos humanos que vive el país.

Para el Centro de Monitoreo de Desplazamiento Interno, en el caso de México, este fenómeno aumentó de manera alarmante desde diciembre de 2006, cuando el gobierno del entonces presidente Felipe Calderón declaró la guerra contra los cárteles de las drogas en México, situación que derivó, a su vez, en graves violaciones a los derechos humanos, con ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, tortura, detenciones arbitrarias y creciente violencia entre las propias organizaciones criminales. Es este clima de inseguridad y violencia lo que ha conducido al desplazamiento forzado de personas.

Informes de diversas organizaciones

En su informe global 2014, dicho centro, perteneciente al Consejo Noruego de Refugiados, señala que hay evidencias de que tan sólo en los pasados dos años, en 14 de las 32 entidades del país se han registrados 141 eventos de desplazamiento forzado masivo.

Sin embargo, el centro no da cuenta de las cifras del traslado de personas que se da gota a gota, cuando núcleos familiares pequeños, de manera aislada, también se ven obligados a abandonar su comunidad o población de origen a causa de la violencia, señalan diversas organizaciones, entre ellas la Red Todos los Derechos para Todos y Fundar. Éstas han exigido que el tema sea incluido de manera decidida en la agenda nacional de los derechos humanos.

La Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014, presentada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población identifica que en los cinco años anteriores 20 entidades ganaron población por efecto de la migración interna, entre las cuales destacan Colima, Querétaro, Baja California Sur y Yucatán, con un registro de entre cuatro y dos por puntos porcentuales. Pero 11 entidades muestran números negativos, es decir, que han perdido población en su territorio, entre los cuales sobresalen la ciudad de México, Tamaulipas, Sinaloa, Guerrero, Chihuahua y Michoacán.

La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Cmdpdh), una de las principales organizaciones que han estudiado el tema a profundidad y cuenta con varios estudios multidisciplinarios, advierte que a partir de su trabajo con las víctimas, ha podido constatar que los gobiernos locales no tienen ni la capacidad ni la voluntad política para garantizar y proteger los derechos de este sector de la población. No hay registros o programas enfocados a su reconocimiento o atención.

En su informe Desplazamiento interno inducido por la violencia: una experiencia global, una realidad mexicana, la Cmdpdh señala que este fenómeno ha sido complejo para el país desde hace décadas. En los años 70, los desplazamientos forzados fueron por la intolerancia religiosa, conflictos comunales y disputa de tierras y recursos naturales.
 
Fuente:  http://www.jornada.unam.mx/2015/12/21/politica/008n1pol

Contra nuestros hijos, ¡no!

 De : Clara Luz Álvarez.
La Secretaría de Gobernación (Segob) emitió los lineamientos de criterios de clasificación de contenidos audiovisuales para radio, televisión y cine (Lineamientos), así como los horarios en los que está permitida la difusión de éstos en radio y televisión abierta. Los Lineamientos son regresivos, clasistas y contrarios a los derechos de niñas, niños y adolescentes. Por ejemplo, desde las 16:00 horas habrá contenidos para adolescentes y adultos cuando antes se iniciaban después de las 20:00 horas.

Al pretender defender los Lineamientos ante un grupo de trabajo ad hoc en el Senado, el subsecretario de Normatividad de Medios, Andrés Chao (AC), y el director general de Radio, Televisión y Cinematografía, Amadeo Díaz (AD), dijeron verdades a medias y presentaron distractores. Veamos algunos de ellos.

Mentira 1: Los Lineamientos estuvieron en consulta pública por 20 días (AD).

Realidad: Con base en el artículo 10 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se difundió el anteproyecto de Lineamientos, pero dar publicidad es diferente a realizar una consulta pública. La consulta pública fue de tres días naturales ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y nadie presentó comentarios. La Segob ni siquiera consultó al Instituto Federal de Telecomunicaciones. Más aún, incumplió con los artículos 2 fracción II, 64 y 71 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGNNA), que obliga a escuchar a niñas, niños y adolescentes (NNA) en los asuntos que les afecten directamente, como son los Lineamientos.

Mentira 2: Antes no había advertencias (AC).

Realidad: Siempre han existido los avisos respecto de programas impropios para NNA que los concesionarios deben difundir, tal como lo establecía la Ley Federal de Radio y Televisión desde 1960, hasta que fue abrogada en 2014 (artículo 72), y aún los prevén el Reglamento de 2002 de dicha ley (artículo 26) y los criterios de clasificación de 2007 (artículo­ 6 numeral 4). Además, el Reglamento de 2002 señala que esas advertencias deben durar 30 segundos, mientras que los nuevos Lineamientos las reducen a 10 segundos.

Mentira 3: Es responsabilidad de los padres lo que sus hijos ven (AC).

Realidad: “En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos” (artículo 4, Constitución). El Estado lo forma también Segob, por lo que la evasión de responsabilidad por parte del Ejecutivo federal propuesta por el subsecretario Chao es contraria a nuestra Carta Magna. La LGNNA también señala que existe una “corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades” para garantizar los derechos de NNA (artículo 6 fracción IX), y la radiodifusión es un servicio público que debe ser de calidad, dar acceso a la cultura, la pluralidad y la veracidad de la información, entre otros.

Mentira 4: Hay otras plataformas tecnológicas de contenidos audiovisuales.

Realidad: El 94.9% de los hogares tiene TV; sólo 34.4% dispone de internet; en 67.2% de los hogares con computadora pero sin internet se manifestó que no contaban con ese servicio por falta de recursos económicos (INEGI). Debe señalarse que tener acceso a internet no equivale a acceder a contenidos audiovisuales, porque se necesita un mínimo de velocidad para que ello pueda lograrse. La consecuencia de estos Lineamientos es que precisamente los NNA en situación de pobreza que sólo acceden a TV abierta son los más perjudicados.

La diputada Lía Limón reconoce que hoy muchos niños carecen de acceso a internet, pero que en algunos años sí lo tendrán. Debe decirse que los Lineamientos deben proteger a la infancia conforme a la realidad actual. En un futuro se podrán modificar para adaptarse a las circunstancias de ese momento. Los niños de hoy, y en especial los que carecen de acceso a TV de paga, internet y videos vía internet, deben protegerse debidamente.

Mentira 5: La publicidad de alimentos chatarra se rige aún por los Lineamientos de Cofepris (AD).

Realidad: Aunque los Lineamientos de Cofepris siguen vigentes, automáticamente, con la entrada en vigor de los Lineamientos de Segob que permiten desde las 16:00 difundir contenidos para adolescentes y adultos (clasificación B), pueden difundirse alimentos sin valor nutrimental desde esa hora (Lineamiento Tercero fracción II). Esto pega de frente a la Estrategia contra la Obesidad a cargo de la Secretaría de Salud, que incluyó la prohibición de comida y alimentos chatarra en horarios de audiencia infantil.

Mentira 6. Con la TV pública y el Canal Once es suficiente.

Realidad: Celebramos que Canal Once tenga ahora el 11.2% de programación para audiencias infantiles, pero ello no puede ser excusa para que el resto de las televisoras ignoren que aproximadamente 44 millones de personas son NNA. Los criterios de clasificación operan para todas las estaciones de radiodifusión, comerciales y aquéllas sin fines de lucro. Los mexicanos tenemos derecho a un servicio de radiodifusión que cumpla con las características constitucionales y no menos. La decisión de ver la TV comercial o la pública será de la audiencia, pero la protección a la infancia es responsabilidad del Estado.

Los Lineamientos son un retroceso y perjudican al segmento de la población que merece protección por su edad. En consecuencia, debemos alzar la voz por las niñas y niños mexicanos y pedir que aquéllos se revoquen. l

Investigadora de tiempo completo
de la Universidad Panamericana.
*claraluzalvarez@gmail.com
 
Fuente:  http://www.proceso.com.mx/?p=424010